Actualmente, según lo establecido por la Ley 100 de 1993, los trabajadores independientes que prestan servicios a una empresa deben gestionar sus propios aportes. Sin embargo, estas disposiciones se modificarán a partir del año 2025.
andres marquez

Desde el 1 de julio de 2025, las empresas en Colombia tendrán nuevas obligaciones en relación con el pago de la seguridad social de sus trabajadores. Este ajuste, producto de la reforma laboral impulsada por el Gobierno Petro (Ley 2381 de 2024), impactará especialmente a los empleados vinculados mediante contratos por prestación de servicios, quienes hasta el momento eran responsables de gestionar y cubrir su propia seguridad social.
Actualmente, según la Ley 100 de 1993 que regula el Sistema de Seguridad Social, los trabajadores independientes que brindan servicios a una empresa deben encargarse de realizar sus propios aportes al sistema. Esto significa que reciben el total de sus honorarios y deben asignar una porción de estos para cubrir dichos pagos, lo cual puede representar una barrera para acceder a este derecho esencial.
No obstante, con la aprobación de la nueva normativa en la Cámara de Representantes, serán las empresas las responsables de realizar directamente los pagos al Sistema de Seguridad Social (SSS), tanto para empleados con contratos directos como para trabajadores independientes.
Para comprender mejor esta modificación, Andrés Romero, asociado de Godoy Córdoba, explica el funcionamiento actual de las cotizaciones: “El sistema pensional todavía opera bajo la Ley 100 de 1993 y las normas complementarias, las cuales establecen que los trabajadores independientes contratados mediante prestación de servicios deben encargarse de realizar sus propios aportes a la seguridad social.»
En otras palabras, los trabajadores independientes con este tipo de contratos actualmente reciben el 100% de sus honorarios sin que el contratante les haga deducciones destinadas al Sistema de Seguridad Social Integral. Esto significa que es el contratista quien debe asumir la responsabilidad de realizar directamente el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral a través de la PILA.
No obstante, Romero señala que esto cambiará con la entrada en vigor de la Ley 2381 de 2024. Según el artículo 7 de esta normativa, las empresas no solo serán responsables de realizar los aportes al sistema de seguridad social de sus empleados directos, sino que también deberán asumir el pago de los aportes correspondientes a los trabajadores independientes que presten servicios para ellas, trasladando esos valores al Sistema de Seguridad Social.
Para cumplir con esto, la empresa contratante deberá deducir del total de los honorarios acordados con el trabajador independiente el porcentaje correspondiente a las cotizaciones obligatorias de salud y pensión. Además, si el trabajador independiente manifiesta por escrito su intención de realizar aportes voluntarios a pensión, estos también serán descontados y gestionados por la empresa.
Además de realizar el descuento correspondiente sobre los honorarios del trabajador independiente, también será responsabilidad de la empresa efectuar el pago dentro del plazo establecido, mantener actualizada toda la información necesaria para las contribuciones parafiscales, asumir el total del aporte, incluso si no se efectúa el descuento al trabajador independiente, facilitar el acceso a la información sobre la elección del fondo de pensiones de ahorro individual preferido por los afiliados, respetar esa elección y, finalmente, informar las novedades laborales de los trabajadores o contratistas a la entidad correspondiente, así como notificarles sobre los beneficios y garantías que tienen al cotizar al Sistema General de Seguridad Social.
Este cambio, aunque parece ser de poca trascendencia, representa un desafío significativo para los empresarios, ya que genera una carga administrativa adicional al imponerles la responsabilidad de descontar los aportes a los trabajadores independientes y asegurarse de que el pago se realice dentro del plazo establecido.
Esto reabre el debate sobre la necesidad de que exista una armonización entre la Reforma Pensional aprobada y las necesidades de los empresarios, en particular, sobre la capacidad instalada y la sostenibilidad de cada empresa. Aunque es crucial buscar soluciones para asegurar una mayor formalización y aumentar el número de aportantes al Sistema de Seguridad Social Integral, combatiendo la evasión y elusión, también se debe reconocer la realidad empresarial, que exige menores cargas que incrementen los costos y afecten su sostenibilidad y viabilidad financiera debido a los costos no operacionales que se imponen.