NO SE PUEDE CONFUNDIR DOCUMENTO SOPORTE EN COMPRAS CON DOCUMENTOS EQUIVALENTES.

Se esta presentando un error en la interpretación de la norma , y debemos aclarar que el documento equivalente reemplaza la factura en las operaciones económicas realizadas por sujetos no obligados a facturar.

Expliquemos lo siguiente:

CUALES SON LOS DOCUMENTOS EQUIVALENTES:

La resolución 000042 de 2020 establece 11 documentos equivalentes, recordemos que el documento N° 12 es el documento equivalente electrónico y el cual ya fue elaborado por la DIAN y el cual consolida los 11 documentos anteriores.

  • Tiquete de máquinas registradoras con sistemas POS.
  • Boleta de ingreso a cine.
  • Tiquete de transporte de pasajeros.
  • El extracto bancario.
  • Documento en juegos localizados.
  • La boleta fracción o formulario en juegos de suerte y azar diferentes de los juegos localizados.
  • Documento expedido por el cobro de peajes.
  • Comprobante de liquidación de operaciones expedido por bolsa de valores.
  • Documento de operaciones de la bolsa agropecuaria y de otros commodities.
  • Documento expedido por servicios públicos domiciliarios.
  • Boleta de ingreso a espectáculos públicos.

NO SON DOCUMENTOS EQUIVALENTE:

  • Documentos equivalentes expedidos por cámaras de comercio.
  • Documentos equivalentes expedidos por notarias.
  • Comprobantes de pago de los títulos de valorización.
  • Pago de honorarios a miembros de la junta directiva.
  • Pólizas de seguros.
  • Contratos de medicina prepagada.
  • Nómina con la relación de descuentos del trabajador.
  • Documento equivalente generado en entidades públicas.
  • Recibos de pago de colegios y universidades.
  • Documento equivalente de la administración de propiedad horizontal.
  • Contratos efectuados con extranjeros sin domicilio o residencia en Colombia.
  • Tiquete de máquina registradora PLU.

Estos documentos mencionados anteriormente, deben ser remplazados por una factura electrónica.

DOCUMENTOS SOPORTES EN ADQUISICIONES DE BIENES O SERVICIOS

la DIAN mediante la Resolución 000012 del 9 de febrero de 2021,  creó la versión 1.0 del documento soporte en adquisiciones a sujetos no obligados a expedir factura de venta o documento equivalente, aquí debemos aclarar, que el documento soporte como su nombre lo indica soporta soporta las compras cuando se adquiere un bien o un servicio de una manera que no es a través de factura electrónica, factura o documento equivalente.

Este documento no se llama documento equivalente, se llama soporte en adquisiciones y se genera al hacer una compra a sujetos que no están obligados a expedir en ventas o que no generan un documento equivalente. Este documento fortalece el sistema de facturación electrónica, como lo indica el parágrafo 6 del artículo 616-1 del ET: El sistema de facturación electrónica es aplicable a las operaciones de compra y venta de bienes y de servicios. Este sistema también es aplicable a otras operaciones tales como los pagos de nómina, las exportaciones, importaciones y los pagos a favor de no responsables del impuesto sobre las ventas IVA–.

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